La Penitenciaría Apostólica, que tiene el oficio de regular cuanto concierne a la concesión y al uso de las Indulgencias, y de estimular el ánimo de los fieles a concebir y alimentar rectamente el piadoso deseo de obtenerlas decreta que se pueden conseguir si se cumplen diversos requisitos, como participar en tres momentos de predicación o tres actos sobre el Concilio Vaticano II, si se peregrina a determinados lugares y se participa en una creremonia, en determinados días, si se participa en la Eucaristía o en la liturgia de las horas, o en un día libre si se visita un baptisterio y se renuevan las promesas.
Durante el Año de la fe entero, convocado desde el 11 de octubre de
2012 hasta el 24 de noviembre de 2013, podrán lucrar la Indulgencia
plenaria de la pena temporal por los propios pecados impartida por la
misericordia de Dios, aplicable en sufragio de las almas de los fieles
difuntos, todos los fieles verdaderamente arrepentidos, que se hayan
confesado debidamente, que hayan comulgado sacramentalmente y que oren
según las intenciones del Sumo Pontífice:
A) Cada vez que participen al menos en tres momentos de predicación
durante las sagradas Misiones, o al menos, en tres lecciones sobre los
actos del Concilio Vaticano II y sobre los artículos del Catecismo de la
Iglesia en cualquier iglesia o lugar idóneo;
B) Cada vez que visiten en peregrinación una basílica papal, una
catacumba cristiana o un lugar sagrado designado por el Ordinario del
lugar para el Año de la fe (por ejemplo basílicas menores, santuarios
marianos o de los apóstoles y patronos) y participen allí en una
ceremonia sacra o, al menos, se recojan durante un tiempo en meditación y
concluyan con el rezo del Padre nuestro, la Profesión de fe en
cualquier forma legítima, las invocaciones a la Virgen María y, según el
caso, a los santos apóstoles o patronos.
C) Cada vez, en los días determinados por el Ordinario del lugar para
el Año de la fe, que participen en cualquier lugar sagrado en una
solemne celebración eucarística o en la liturgia de las horas, añadiendo
la Profesión de fe en cualquier forma legítima.
D) Un día, elegido libremente, durante el Año de la fe, para visitar
el baptisterio o cualquier otro lugar donde recibieron el sacramento del
Bautismo, si renuevan las promesas bautismales de cualquier forma
legítima.
Los obispos diocesanos o eparquiales y los que están equiparados a ellos por derecho, en los días oportunos o con ocasión de las celebraciones principales, podrán impartir la Bendición Papal con la Indulgencia plenaria a los fieles que la reciban devotamente.
Religión Confidencial
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