Presidente Rajoy: yo no lo llamaré matrimonio
El Tribunal Constitucional tacha sus resoluciones
anteriores, crea una segunda naturaleza para el matrimonio y reescribe
la Constitución para poder meter con calzador en el sistema legal
español la Ley 13/2005, que reconoce las "bodas" de personas del mismo
sexo.
En contra de su propia doctrina
(Auto 222, de 1994), el Alto Tribunal dice ahora que la ley que define
como "matrimonio" la unión de personas del mismo sexo encaja en la
Constitución porque, según el fallo conocido este martes 6 de noviembre,
la sociedad española ha evolucionado a favor del reconocimiento del
nuevo "derecho" y, en consecuencia, la interpretación de la Constitución
por el Tribunal también debe hacerlo en el mismo sentido.
Por
ocho votos contra tres, el Pleno del Tribunal Constitucional desestima
el recurso presentado en 2005 por el PP contra el segundo párrafo del
artículo 44 del Código Civil reformado a iniciativa del primer Gobierno
de José Luis Rodríguez Zapatero.
A partir de esta
sentencia del Tribunal Constitucional (de la que solo se conoce el
fallo), el Código Civil español regula el derecho a contraer matrimonio
en los siguientes términos del artículo 44:
"El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código".
"El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo".
Con
este respaldo del Alto Tribunal, la institución del matrimonio pierde
su naturaleza y se abre a cualquier significado: hoy son las uniones de
personas del mismo sexo, pero en el futuro, y de acuerdo con la doctrina
del Tribunal sobre la "evolución de la sociedad", matrimonio puede
llegar a ser la poligamia y la poliandria, las uniones de personas con
animales domésticos o salvajes, o las de personas con máquinas o de
máquinas entre sí.
¿Por qué importa el matrimonio?
Al
final, el resultado es el mismo: el matrimonio deja de existir al
convertirse en otra cosa. ¿Por qué importa tanto desnaturalizar la
institución del matrimonio? Es la pregunta del millón de euros.
Conviene
no descartar la hipótesis más sencilla: el matrimonio natural, como
base de la familia abierta al don de la vida, se ha demostrado como la
institución más eficaz y resistente como refugio de la libertad y el
amor frente al afán de control total del ser humano por el Estado y las
ideologías.
Niños como cobayas
El
Tribunal Constitucional también bendice las adopciones de niños por
parejas del mismo sexo. La posibilidad de experimentación social con
niños como cobayas no ha inmutado a los ocho magistrados concurrentes en
el fallo, todos propuestos para el cargo por los partidos políticos. A
partir de ahora, los niños dejan de tener derecho en España a un padre y
una madre.
El fallo conocido este martes tacha de un
plumazo resoluciones anteriores del Tribunal Constitucional. En un Auto
de 1994, el número 222, el Alto Tribunal señaló:
"La
unión entre personas del mismo sexo biológico no es una institución
jurídicamente regulada, ni existe un derecho constitucional a su
establecimiento; todo lo contrario al matrimonio entre hombre y mujer,
que es un derecho constitucional".
Consecuencias de la sentencia
Las
consecuencias sociales y económicas de la sentencia del Tribunal
Constitucional son variadas y trascendentales. Como ha señalado el
presidente de HazteOir.org, Ignacio Arsuaga Rato, la resolución del Alto Tribunal, lejos de ampliar libertades, las recorta.
"A
partir de esta sentencia", ha expuesto Arsuaga, "los derechos y las
libertades de los que no compartimos la redefinición de matrimonio se
verán amenazados. Cualquiera que difiera de la nueva ortodoxia (que las
uniones homosexuales son, en todo, equivalentes al matrimonio natural)
será tachado de actuar con ánimo de discriminar a gays y lesbianas".
Para
la sociedad, las consecuencias de la sentencia serán igualmente
inquietantes. "Estamos asistiendo desde hace años", señala el presidente
de HO, "a un acoso y derribo atroz del matrimonio y la familia, y esta
sentencia arremete aún con más fuerza contra una institución sin la
cual, por ejemplo, el estallido social en tiempos de crisis sería mucho
más preocupante. Tanto esta equiparación, como la promoción del
divorcio, tendrán consecuencias de desestructuración social a corto
plazo".
El principio de protección de la infancia
también se ve gravemente lesionado por este fallo, a juicio de HO: "Los
niños tienen derecho a tener un padre y una madre, y no es lícito
experimentar con ellos nuevas formas de ingeniería social".
Por
último, en el campo de la economía y el bienestar, la desnaturalización
del matrimonio es una "piedra contra el propio tejado". "Parece
mentira", dice Ignacio Arsuaga, "que, en un contexto de crisis
económica, de envejecimiento de la población y de inestabilidad de los
fundamentos del sistema de pensiones, entre otros males, se apoyen
modelos sociales cuya aportación, lejos de ser positiva, supone un
lastre".
Pero, ¿hubo alguna vez un recurso del PP?
Y
el Gobierno del PP, ¿qué piensa ahora de lo que pensaba en 2005? Ese
año (no hace tanto), el PP presentó ante el Tribunal Constitucional el
recurso que ha dado lugar a la sentencia conocida este martes.
Estos
son los principales argumentos que el PP esgrimió en 2005 (no hace
tanto), a favor del matrimonio natural y en contra de su equiparación
con las uniones de personas del mismo sexo:
- El llamado "matrimonio gay" modifica "la concepción secular, constitucional y legal del matrimonio como unión de un hombre y una mujer"
- "Con toda seguridad, se trata de una de las modificaciones legislativas de más honda trascendencia y repercusiones para la sociedad española"
- El legislador socialista modifica radicalmente la idea del matrimonio y con ello "todo un conjunto normativo que parte de la consideración del matrimonio como unión de hombre y mujer"
- La nueva ley "da a la palabra matrimonio un significado distinto al que ha tenido siempre".
- "El legislador está alterando con dos líneas de una ley ordinaria no solo los elementos definitorios básicos de una institución fundamental en nuestra estructura social, sino todo el conjunto normativo construido durante siglos alrededor de la misma. Conjunto normativo que tiene hoy, además, su cabecera en el artículo 32 de la Constitución [que señala que "el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica"].
- El PP pide que la ley sea declarada inconstitucional al considerar que vulnera el artículo 32 de la Constitución "por no respetar la definición constitucional del matrimonio como unión de un hombre y una mujer y no respetar la garantía institucional del matrimonio reconocida por la Constitución".
Los
argumentos del PP no tienen fecha de caducidad. Son tan válidos en 2005
como en 2012, a menos que los dirigentes del partido del gobierno ya no
se reconozcan en ellos. En buena medida, son los mismos argumentos que
llevaron a instituciones como el Consejo de Estado a emitir un dictamen
desfavorable a la equiparación del matrimonio con realidades de otra
naturaleza.
Recuperar la cordura en el Código Civil es
posible. Recuperar la institución del matrimonio es posible. Diga lo
que diga el Tribunal Constitucional, la naturaleza de las cosas es la
que es y no la que los gobernantes y legisladores dictan. Pide al
presidente Mariano Rajoy que recupere la institución del matrimonio en
el Código Civil.
HAZTE OIR
Yo tampoco lo llamaré matrimonio, ni desde un punto de vista legal, ni moral, ni biológico, ni sensato, ni natural. ¿Llamaríamos matrimonio al enlace de un gorila y un ser humano?
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