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jueves, 8 de noviembre de 2012

Yo no lo llamaré matrimonio

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Presidente Rajoy: yo no lo llamaré matrimonio

   El Tribunal Constitucional tacha sus resoluciones anteriores, crea una segunda naturaleza para el matrimonio y reescribe la Constitución para poder meter con calzador en el sistema legal español la Ley 13/2005, que reconoce las "bodas" de personas del mismo sexo.

   En contra de su propia doctrina (Auto 222, de 1994), el Alto Tribunal dice ahora que la ley que define como "matrimonio" la unión de personas del mismo sexo encaja en la Constitución porque, según el fallo conocido este martes 6 de noviembre, la sociedad española ha evolucionado a favor del reconocimiento del nuevo "derecho" y, en consecuencia, la interpretación de la Constitución por el Tribunal también debe hacerlo en el mismo sentido. 

Por ocho votos contra tres, el Pleno del Tribunal Constitucional desestima el recurso presentado en 2005 por el PP contra el segundo párrafo del artículo 44 del Código Civil reformado a iniciativa del primer Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

A partir de esta sentencia del Tribunal Constitucional (de la que solo se conoce el fallo), el Código Civil español regula el derecho a contraer matrimonio en los siguientes términos del artículo 44:
"El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código".
"El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo".
Con este respaldo del Alto Tribunal, la institución del matrimonio pierde su naturaleza y se abre a cualquier significado: hoy son las uniones de personas del mismo sexo, pero en el futuro, y de acuerdo con la doctrina del Tribunal sobre la "evolución de la sociedad", matrimonio puede llegar a ser la poligamia y la poliandria, las uniones de personas con animales domésticos o salvajes, o las de personas con máquinas o de máquinas entre sí. 

¿Por qué importa el matrimonio?
Al final, el resultado es el mismo: el matrimonio deja de existir al convertirse en otra cosa. ¿Por qué importa tanto desnaturalizar la institución del matrimonio? Es la pregunta del millón de euros.
Conviene no descartar la hipótesis más sencilla: el matrimonio natural, como base de la familia abierta al don de la vida, se ha demostrado como la institución más eficaz y resistente como refugio de la libertad y el amor frente al afán de control total del ser humano por el Estado y las ideologías.

Niños como cobayas
El Tribunal Constitucional también bendice las adopciones de niños por parejas del mismo sexo. La posibilidad de experimentación social con niños como cobayas no ha inmutado a los ocho magistrados concurrentes en el fallo, todos propuestos para el cargo por los partidos políticos. A partir de ahora, los niños dejan de tener derecho en España a un padre y una madre.

El fallo conocido este martes tacha de un plumazo resoluciones anteriores del Tribunal Constitucional. En un Auto de 1994, el número 222, el Alto Tribunal señaló:
"La unión entre personas del mismo sexo biológico no es una institución jurídicamente regulada, ni existe un derecho constitucional a su establecimiento; todo lo contrario al matrimonio entre hombre y mujer, que es un derecho constitucional".

Consecuencias de la sentencia
Las consecuencias sociales y económicas de la sentencia del Tribunal Constitucional son variadas y trascendentales. Como ha señalado el presidente de HazteOir.org, Ignacio Arsuaga Rato, la resolución del Alto Tribunal, lejos de ampliar libertades, las recorta.

"A partir de esta sentencia", ha expuesto Arsuaga, "los derechos y las libertades de los que no compartimos la redefinición de matrimonio se verán amenazados. Cualquiera que difiera de la nueva ortodoxia (que las uniones homosexuales son, en todo, equivalentes al matrimonio natural) será tachado de actuar con ánimo de discriminar a gays y lesbianas".

Para la sociedad, las consecuencias de la sentencia serán igualmente inquietantes. "Estamos asistiendo desde hace años", señala el presidente de HO, "a un acoso y derribo atroz del matrimonio y la familia, y esta sentencia arremete aún con más fuerza contra una institución sin la cual, por ejemplo, el estallido social en tiempos de crisis sería mucho más preocupante. Tanto esta equiparación, como la promoción del divorcio, tendrán consecuencias de desestructuración social a corto plazo".

El principio de protección de la infancia también se ve gravemente lesionado por este fallo, a juicio de HO: "Los niños tienen derecho a tener un padre y una madre, y no es lícito experimentar con ellos nuevas formas de ingeniería social".

Por último, en el campo de la economía y el bienestar, la desnaturalización del matrimonio es una "piedra contra el propio tejado". "Parece mentira", dice Ignacio Arsuaga, "que, en un contexto de crisis económica, de envejecimiento de la población y de inestabilidad de los fundamentos del sistema de pensiones, entre otros males, se apoyen modelos sociales cuya aportación, lejos de ser positiva, supone un lastre".

Pero, ¿hubo alguna vez un recurso del PP?
Y el Gobierno del PP, ¿qué piensa ahora de lo que pensaba en 2005? Ese año (no hace tanto), el PP presentó ante el Tribunal Constitucional el recurso que ha dado lugar a la sentencia conocida este martes.
Estos son los principales argumentos que el PP esgrimió en 2005 (no hace tanto), a favor del matrimonio natural y en contra de su equiparación con las uniones de personas del mismo sexo:
  • El llamado "matrimonio gay" modifica "la concepción secular, constitucional y legal del matrimonio como unión de un hombre y una mujer"
  • "Con toda seguridad, se trata de una de las modificaciones legislativas de más honda trascendencia y repercusiones para la sociedad española"
  • El legislador socialista modifica radicalmente la idea del matrimonio y con ello "todo un conjunto normativo que parte de la consideración del matrimonio como unión de hombre y mujer"
  • La nueva ley "da a la palabra matrimonio un significado distinto al que ha tenido siempre".
  • "El legislador está alterando con dos líneas de una ley ordinaria no solo los elementos definitorios básicos de una institución fundamental en nuestra estructura social, sino todo el conjunto normativo construido durante siglos alrededor de la misma. Conjunto normativo que tiene hoy, además, su cabecera en el artículo 32 de la Constitución [que señala que "el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica"].
  • El PP pide que la ley sea declarada inconstitucional al considerar que vulnera el artículo 32 de la Constitución "por no respetar la definición constitucional del matrimonio como unión de un hombre y una mujer y no respetar la garantía institucional del matrimonio reconocida por la Constitución". 
Los argumentos del PP no tienen fecha de caducidad. Son tan válidos en 2005 como en 2012, a menos que los dirigentes del partido del gobierno ya no se reconozcan en ellos. En buena medida, son los mismos argumentos que llevaron a instituciones como el Consejo de Estado a emitir un dictamen desfavorable a la equiparación del matrimonio con realidades de otra naturaleza.

Recuperar la cordura en el Código Civil es posible. Recuperar la institución del matrimonio es posible. Diga lo que diga el Tribunal Constitucional, la naturaleza de las cosas es la que es y no la que los gobernantes y legisladores dictan. Pide al presidente Mariano Rajoy que recupere la institución del matrimonio en el Código Civil.

HAZTE OIR

1 comentario:

  1. Yo tampoco lo llamaré matrimonio, ni desde un punto de vista legal, ni moral, ni biológico, ni sensato, ni natural. ¿Llamaríamos matrimonio al enlace de un gorila y un ser humano?

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