
El actual Código de Deontología Médica afirma en su artículo 36.3: “El médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de éste”
La Ley Orgánica 3/2021 de regulación de la Eutanasia ha traído al seno de la Medicina, como sucedió hace más de 30 años con el aborto, el debate entre el principio hipocrático de respeto a la vida humana y la acción directa y necesaria dirigida a poner fin a la vida (eutanasia).
En esta Ley la eutanasia aparece como una acción compasiva y solidaria porque la intención es acabar con el sufrimiento personal de quién lo solicita. No compartimos esta idea principal recogida en esta norma. Consideramos que no se valora el hecho de que la Medicina, ciencia y arte del siglo XXI, dispone de recursos suficientes para acabar con el sufrimiento, dejando el final de la vida a su natural evolución, eso sí, sin intervención de medios extraordinarios contrarios a la deontología médica al alargar un proceso sin esperanza de reversibilidad.