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sábado, 21 de julio de 2018

El Constitucional avala de nuevo la educación diferenciada y da la razón al colegio Torrevelo de Santander

Tumba la decisión del Gobierno regional de no conceder el concierto a un colegio que separa por sexos, al considerar que la medida vulnera la libertad educativa La Justicia ha vuelto a respaldar la educación que separa por sexos. 

Una sentencia del Tribunal Constitucional acaba de declarar nula la decisión tomada por el Gobierno cántabro en 2009 de no conceder el concierto educativo al colegio Torrevelo (Santander) porque considera que vulneró el derecho fundamental a la libertad educativa, aunque ese centro volvió en 2011 a ser concertado. 

martes, 24 de abril de 2018

La escuela diferenciada es tan constitucional como la mixta

El Tribunal Constitucional (TC) español ha publicado el texto de la sentencia, anunciada el 10 de abril, sobre los colegios de educación diferenciada. Extraemos de ella los principales argumentos de los magistrados.
Una opción pedagógica. La educación diferenciada es un “sistema meramente instrumental y de carácter pedagógico, fundado en la idea de optimizar las potencialidades propias de cada uno de los sexos”. El recurso de los diputados socialistas atribuía esta opción pedagógica una intención de aplicar cierta ideología que no reconoce la igualdad de mujeres y hombres; pero, dice el TC, la ley “excluye de principio que la implantación del modelo pueda responder a otro tipo de motivaciones ajenas a las educativas”.
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Aceprensa.com
Juan Ramón Domínguez Palacios / http://lacrestadelaola2028.blogspot.com

miércoles, 11 de abril de 2018

Navarro Valls explica por qué no es discriminatorio subvencionar la educación diferenciada avalada por el Constitucional

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado subvencionar con dinero público a colegios de educación diferenciada. 

El falloaprobado por mayoría de ocho votos, ha acordado desestimar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados contra la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa.

El recurso del PSOE iba contra la financiación pública de la educación diferenciada por sexos y pedía también que la asignatura de Religión no fuera una alternativa obligatoria. La resolución cuenta con el voto concurrente de la vicepresidenta del Tribunal, Encarnación Roca, y han anunciado voto particular discrepante los Magistrados Fernando Valdés Dal-Ré, Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y la Magistrada María Luisa Balaguer.

miércoles, 13 de enero de 2016

El TC avala los fondos públicos a la educación diferenciada

El Alto Tribunal no ve inconstitucional que en los presupuestos del Estado se incluyan conciertos para los centros que separan por sexo a los alumnos.
El Tribunal Constitucional ha resuelto inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a raíz de una petición de la Junta tras los recursos de varios centros docentes privados de educación diferenciada por denegarles el concierto educativo.

lunes, 13 de julio de 2015

Reacciones a la sentencia del TC: los falsos neo-derechos pretenden arrasar la libertad de conciencia de los farmacéuticos

La sentencia del Tribunal Constitucional por la que se reconoce el derecho de los farmacéuticos a la no dispensación de la píldora del día después por razones de conciencia (para acceder al texto completo del fallo, pinchar aquí), ha tenido una significativa repercusión en el debate público.
La importancia del pronunciamiento del Constitucional justifica sobradamente esta repercusión. Pero lo lamentable ha sido comprobar, una vez más, la unilateralidad del debate público en España cuando las cuestiones en juego tienen trascendencia cultural. El no debate  ha sido nuevamente copado, de manera casi absoluta, por la arrogancia de la izquierda y de los promotores de un falso derecho de salud sexual y reproductiva de las mujeresUn neo-derecho capaz de arrasar incluso el valor de la libertad de conciencia, ahora de los profesionales farmacéuticos como en otras ocasiones se ha pretendido de los médicos. Una realidad que da idea también de la actual orfandad política en España de derechos tan básicos como el derecho a la vida o el derecho a la libertad de conciencia.


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profesionalesetica.org

lunes, 19 de noviembre de 2012

En su voto particular, el magistrado Andrés Ollero pone de manifiesto las contradicciones del Tribunal Constitucional en su sentencia sobre el matrimonio homosexual

   En su voto particular contrario a la sentencia del Tribunal Constitucional que avala la ley del matrimonio sexual, y que se hizo público ayer, el magistrado de dicho Tribunal, Andrés Ollero, desmonta las contradicciones en las que ha incurrido la mayoría de los que votaron a favor. 

   Sus argumentos, de carácter estrictamente jurídico, bien pueden servir para que el actual Gobierno reforme dicha ley de acuerdo con su propio recurso al alto tribunal y cuyo contenido ha sido también objeto de alguna crítica por el magistrado discrepante al no estar suficientemente claros algunos de sus puntos. 

   En todo caso, Ollero deja bien claro que el TC ha venido a reformar, en cierta manera, el propio texto constitucional para adaptarlo a la ley -en función de la evolución de las costumbres sociales –basadas en una débil estadística sobre los “matrimonios” homosexuales contraídos en los últimos siete años- en lugar de exigir una reforma de la Constitución para acomodarla a la voluntad del legislador, lo cual hubiese conllevado otro tipo de debate. 

jueves, 8 de noviembre de 2012

Yo no lo llamaré matrimonio

   Os invito a suscribir esta alerta de Hazte Oir y a leer esta entrada.

Presidente Rajoy: yo no lo llamaré matrimonio

   El Tribunal Constitucional tacha sus resoluciones anteriores, crea una segunda naturaleza para el matrimonio y reescribe la Constitución para poder meter con calzador en el sistema legal español la Ley 13/2005, que reconoce las "bodas" de personas del mismo sexo.

   En contra de su propia doctrina (Auto 222, de 1994), el Alto Tribunal dice ahora que la ley que define como "matrimonio" la unión de personas del mismo sexo encaja en la Constitución porque, según el fallo conocido este martes 6 de noviembre, la sociedad española ha evolucionado a favor del reconocimiento del nuevo "derecho" y, en consecuencia, la interpretación de la Constitución por el Tribunal también debe hacerlo en el mismo sentido. 

jueves, 2 de diciembre de 2010

El Tribunal Constitucional admite el recurso de amparo por denegación de la objeción de conciencia frente a EpC

Tribunal Constitucional   Aquí tenéis una noticia positiva en la lucha por la defensa de los derechos humanos.

   De acuerdo con la información publicada ayer por HazteOir.org, el Tribunal Constitucional (TC) ha acordado admitir el recurso de amparo interpuesto por dos familias de Salamanca objetoras a Educación para la Ciudadanía (EpC).

    Se trata del segundo recurso de amparo admitido a trámite por el TC contra los fallos del Tribunal Supremo (TS) que anulaban la del TSJ de Castilla y León que habían reconocido el derecho de los padres a objetar ante la ideologizante asignatura. El primero de los recursos había sido admitido el 26 de octubre.
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