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lunes, 19 de diciembre de 2011

«¿Qué es el embrión humano?. Una respuesta desde la bioética»

Embrión   La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 18 de octubre en el el caso Oliver Brüstle vs. Greenpeace ha marcado un auténtico antes y después en la protección jurídica del embrión humano.

A este respecto, Francisco José Ballesta, de la Facultad de Bioética del Ateneo Pontificio Regina Apostolorum, de Roma, acaba de publicar en Zenit un nuevo comentario del trascendental fallo judicial. En él subraya que el reconocimiento por el Tribunal europeo de  la condición de embrión humano a “todo óvulo humano a partir del estadio de la fecundación (…) resuelve las dudas sobre el asunto de quien todavía pudiera tenerlas después de las confirmaciones que nos da cada día la ciencia”.

   Pero el profesor Ballesta llama la atención de que la sentencia contiene además una afirmación no menos importante: también constituye un embrión humano “todo óvulo humano no fecundado en el que se haya implantado el núcleo de una célula humana madura y todo óvulo humano no fecundado estimulado para dividirse y desarrollarse mediante partenogénesis”.

PROFESIONALES POR LA ÉTICA

viernes, 4 de noviembre de 2011

«La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo a favor de la vida humana en estado embrionario y las Leyes españolas»

Nicolás Jouve
Nicolás Jouve
   La reciente  sentencia del Tribunal Europeo de Justicia en el caso 34/10 “Oliver Brüstle v Greenpeace e.V.”. a favor de la vida humana en estado embrionario, está dando lugar a un buen número de reacciones y comentarios. Y es que indudablemente este pronunciamiento del Tribunal de Luxemburgo marca un antes y un después en la protección de los embriones humanos.

   En este sentido,  el profesor Nicolás Jouve -Catedrático de Genética de la Universidad de Alcalá de Henares,Presidente de CíViCa y una de las voces más autorizadas para abordar este asunto- publica hoy en Páginas Digital un importante análisis en el que, tras destacar la “claridad y contundencia” de la sentencia en su definición de lo que debe entenderse por embrión humano, deduce la necesidad de revisión de dos leyes españolas de reciente aprobación: la  Ley 14/2006, de 26 de Mayo, de Reproducción Humana Asistida y de Investigación con Embriones, y la Ley 14/2007, de Investigación Biomédica.

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PROFESIONALES POR LA ÉTICA

sábado, 22 de octubre de 2011

El embrión no patentable

   En una importante sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea rechaza patentar invenciones obtenidas con procedimientos que supongan la destrucción del embrión humano. 

   El 18 de octubre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una importante sentencia respondió a una cuestión prejudicial planteada por un Tribunal Alemán. Se trataba de resolver la denegación de una patente a instancias de Greenpeace. El Tribunal Federal de patentes había declarado nula una patente controvertida, concedida a Oliver Brüstle registrada en 1997 y referida a células progenitoras neuronales aisladas y depuradas, a su procedimiento de producción a partir de células madre embrionarias y a la utilización de las células progenitoras neuronales en la terapia de afecciones neurológicas.

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José Miguel Serrano,
Profesor Titular de Filosofía del derecho
de la Universidad Complutense

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