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jueves, 1 de julio de 2010

El Tribunal Constitucional admite a trámite recursos a ley del aborto en España

          El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos del PP y el Gobierno de Navarra contra diversos preceptos de la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, al tiempo que establece que se oiga al Gobierno, al Congreso y al Senado para que, en el plazo de tres días, formulen alegaciones a la petición del PP de suspensión cautelar de los preceptos recurridos de la norma, que entra en vigor el próximo 5 de julio. 
 
            Así, el Alto Tribunal da traslado de ambas resoluciones al Ejecutivo y las dos Cámaras para que formulen alegaciones, en el plazo de quince días en relación a la admisión a trámite de los recursos. Al mismo tiempo, pide que se les oiga en relación a la petición de suspensión cautelar para que, en el plazo de tres días, puedan hacer alegaciones. 

           Concretamente, el pleno del TC, a propuesta de la Sección Cuarta, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados y, en su representación y defensa, por el Comisionado don Federico Trillo-Figueroa Martínez-Conde, contra ocho preceptos de la norma (artículos. 5.1 e), 8 in limine y letras a) y b), 12, 13.4, 14, 15 a), b) y c), 17.2 y 5, 19.2 párrafo primero y disposición final segunda). 

          Del mismo modo, el pleno del Constitucional ha acordado, a propuesta de la Sección Primera, admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de Navarra contra el párrafo segundo de la disposición final quinta, el artículo 14 en relación con el 17 y el artículo 19.2 de la Ley.

          Asimismo, establece, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, dar traslado de las demandas y los documentos al Congreso de los Diputados y al Senado, por conducto de sus Presidentes, y al Gobierno, a través del Ministro de Justicia, al objeto de que, en el plazo de quince días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimaren convenientes.

          Igualmente, en cuanto a la solicitud de suspensión cautelar, formulada por el PP, establece que se oiga a Ejecutivo y Parlamento para que, en el plazo de tres días puedan hacer las alegaciones que estimen oportunas.

ACIPRENSA

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