El Tribunal Constitucional (TC) español ha publicado el texto de la sentencia, anunciada el 10 de abril, sobre los colegios de educación diferenciada. Extraemos de ella los principales argumentos de los magistrados.
Una opción pedagógica. La educación diferenciada es un “sistema meramente instrumental y de carácter pedagógico, fundado en la idea de optimizar las potencialidades propias de cada uno de los sexos”. El recurso de los diputados socialistas atribuía esta opción pedagógica una intención de aplicar cierta ideología que no reconoce la igualdad de mujeres y hombres; pero, dice el TC, la ley “excluye de principio que la implantación del modelo pueda responder a otro tipo de motivaciones ajenas a las educativas”.
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Aceprensa.com
Juan Ramón Domínguez Palacios
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