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martes, 20 de diciembre de 2016

Caso Rita Maestre: “¿Se condena la discrepancia con el pensamiento LGTBI pero se absuelve el asalto a una capilla?”

Así se expresa la asociación Familia y Dignidad Humana en Twitter. Dicen que ahora la religión buena es la ideología de género y la mala, la católica.

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto de todos los cargos a Rita Maestre, portavoz del Ayuntamiento de Madrid condenada por asaltar la capilla de la Universidad Complutense en Somosaguas en 2011. La concejala de Ahora Madrid apeló la sentencia inicial que la condenaba y la Audiencia madrileña le ha dado la razón. Las redes sociales han recogido la indignación de muchas personas. 

La asociación Familia y Dignidad Humana ha mostrado su indignación respecto a la absolución de Rita Maestre con varios tuits en su perfil de Twitter. Así, la entidad ha publicado: “Se amenaza con leyes que condenan la discrepancia con el pensamiento LGTBI ¿pero se absuelve el asalto a una capilla?”

La portavoz de esta asociación, Gari Durán, y ex senadora del PP ha expresado su malestar por esta sentencia a través de este tuit:  “Hay una religión buena y verdadera: la Ideología de Género, y una religión mala y falsa: la religión católica. #NuevaInquisición”.
El blog La paseata, escribe una carta abierta al Consejo General del Poder Judicial, mostrándole su absoluta indignación “porque esa sentencia absolutoria es un claro síntoma de la grave enfermedad que afecta a la Justicia en España”.
En dicha carta, se muestra lo que el diccionario califica de profanación: “Tratamiento ultrajante o irrespetuoso que se hace de algo que se considera sagrado o digno de respeto”.
 En el diario La Razón, la periodista Cristina López Schlichting arremete contra el magistrado que ha absuelto a Maestre, Francisco David Cubero, y llama a “despelotarse” en su juzgado “mientras se declara, o morrearse en el banquillo”.

Que entre en una mezquita

Muchas personas han mostrado su indignación en Twitter contra la sentencia: “Si Rita Maestre es tan valiente ¿por qué no entra desnuda a una mezquita en pleno acto religioso junto a su juez amigo?”; “Al parecer, Rita Maestre tiene a su disposición las capillas para entrar desnuda siempre que quiera”; “Y así, de pronto amanecemos un día y nos informan que enseñar las tetas en una iglesia es legal”.  
Otros tuits: “Visto lo visto, mañana me persono en la mezquita de la M30 y me quedo en calzoncillos, en plena oración”, “Ahora que enseñar las tetas en un iglesia es legal, invito a Rita Maestre a protestar igual delante de una mezquita por los derechos de la mujer”.
La Plataforma HazteOir ha recogido casi 20.000 firmas contra esta sentencia.

“No constituye acto de profanación”

Rita Maestre tampoco tendrá que abonar la multa de 4.320 euros que se le habían impuesto. Para el juez de la Audiencia Provincial, desnudar su torso en la capilla, proferir insultos dentro del templo como “arderéis como en el 36, vamos a quemar la Conferencia Episcopal, menos rosarios y más bolas chinas, contra el Vaticano poder clitoriano, sacad vuestros rosarios de nuestros ovarios”, no constituye “un acto de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos”, aunque los magistrados sí consideran el asalto una acción “claramente irrespetuosa en ciertos ámbitos” pero no lo “suficientemente intensa para considerarla un acto de profanación”.  
Por su parte, el Centro jurídico Tomás Moro ha denunciado los vínculos del juez que ha absuelto a Rita Maestre con Podemos. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto por dicho centro contra el magistrado Francisco David Cubero.
A pesar de que la sentencia establece que no cabe recurso alguno, este centro está estudiando otras posibles vías de recurso.
religionconfidencial.com

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